Respuesta directa
Sí, siempre que cuente previamente con un poder notarial suficiente otorgado a su favor.
Para que un tercero pueda firmar una escritura en tu nombre (por ejemplo, en compraventas o herencias si resides en otra ciudad o país), debes otorgar con anterioridad un poder notarial especial o general que le faculte de forma expresa para ese acto concreto. La persona apoderada deberá acudir con la copia autorizada original del poder y su propio DNI en vigor.
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